Micelio
Auto25 de octubre de 2000

A- de 2000

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Maria Elena Orchuelo De Acosta Y Otros

Tema · dato duro
Conflicto De Competencia
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Presidente De La Republica
  • Exceso en la potestad reglamentaria
  • Incompetencia para introducir modificaciones al decreto de tutela en materia de competencias
4 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se ordenó no aplicar el Art. 1°, numeral 1° del Decreto 1382 de 2000 en cuanto modifica lo dispuesto por el Art. 86 de la Constitución y en el Decreto 2591 de 1991, restringiendo irrazonablemente el derecho de acceso a la administración de justicia.

Se declaró que, de acuerdo con el conflicto planteado, el Tribunal Superior de Distrito Judicial de Cundinamarca, Sala Penal, es competente para conocer del proceso de tutela de la referencia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. NO APLICAR el articulo 1deg, numeral 1deg del Decreto 1382 de 2000.
  2. SEGUNDO. DECLARAR que, de acuerdo con el conflicto planteado, el Tribunal Superior de Distrito Judicial de Cundinamarca, Sala Penal, es competente para conocer del proceso de tutela de la referencia.
  3. TERCERO. PERMITIR, por medio de la Secretaria General de esta Corporacion, el expediente al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca, Sala Penal, para lo de su competencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.